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FechaTítuloResumen
29-oct-2019Pruyas (causa Nº 21970)En abril de 2017 un juzgado le concedió a una persona la suspensión del proceso a prueba por el término de un año. Cinco meses más tarde, ingresó una nueva causa en la que la misma persona se encontraba imputada por la comisión de un robo. Entonces, el juzgado revocó la probation y elevó el expediente a la etapa de juicio. El representante del Ministerio Público Fiscal solicitó la nulidad de la resolución. En particular, sostuvo que la revocación de la suspensión del juicio a prueba por la comisión de un nuevo delito requería el dictado de una sentencia firme antes del vencimiento del plazo otorgado para su cumplimiento. El Tribunal Oral hizo lugar al planteo y devolvió las actuaciones. En mayo de 2018 la persona fue condenada por otro hecho. Entonces, el juzgado revocó por segunda vez la probation y elevó las actuaciones a juicio. La resolución fue dictada sin que se realizara la audiencia prevista en el artículo 515 del CPPN. La defensa efectuó una presentación en la que sostuvo que la condena por la cual se había revocado el instituto había sido dictada con posterioridad al vencimiento del plazo para el cumplimiento de las reglas de conducta. Por tal razón, requirió que se revocara la resolución, se tuviera por extinguido el término de control de las obligaciones impuestas, se declarara extinguida la acción penal y se sobreseyera a su asistido.
18-abr-2017MRAEl Tribunal Oral había concedido la suspensión del juicio a prueba a una persona imputada por el delito de robo con armas. Cumplido el plazo de la probation, el tribunal tomó nota del incumplimiento del imputado y lo citó en repetidas oportunidades. Ante su incomparencia, se le revocó la suspensión y se reanudó el trámite de la causa. Contra esta decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.
6-mar-2017VBOEl Tribunal Oral había revocado la suspensión del juicio a prueba concedida a una persona. A tal fin, argumentó que el probado no había cumplido con la regla que lo obligaba a someterse al control del Patronato de Liberados. Sin embargo, el tribunal había omitido la vista al fiscal y la realización de la audiencia regulada en el artículo 515 del CPPN. Contra la resolución, la defensa interpuso un recurso de casación.
11-ago-2016VABAEn julio del 2012, el Tribunal Oral le concedió a una persona la suspensión del juicio a prueba por el término de un año. La probation venció en diciembre de 2013. En 2014, el imputado fue condenado en sede federal por otro hecho cometido en marzo de 2013. Por este motivo, el tribunal revocó el instituto. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.
7-jul-2016PPJCEn 2011, el tribunal concedió la suspensión del juicio a prueba al imputado. En 2014, el juez de ejecución tuvo por cumplidas las pautas de conducta y remitió las actuaciones al Tribunal Oral a fin de que se expida respecto al pago de la reparación ofrecida. Sin embargo, revocó la probation al verificar que el imputado tenía una causa en trámite en Chaco. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.
23-may-2016MMDEEn 2011, el Tribunal Oral suspendió el proceso a prueba respecto del imputado por dos años. Luego, en 2013 se lo condenó en otra jurisdicción por sentencia no firme por un delito que habría cometido en 2012. En 2015, el Juzgado de Ejecución declaró extinguido el plazo de control. Sin embargo, el tribunal suspendió el pronunciamiento sobre la extinción de la acción penal hasta que adquiriera firmeza la sentencia dictada en el marco de la otra causa. Contra esta decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.
17-feb-2016H, GCUn tribunal oral había concedido la suspensión del juicio a prueba a una persona. Después de pagarle a la víctima el monto fijado en concepto de reparación y de asistir en varias oportunidades a cumplir las tareas que se le asignaron, el imputado dejó de presentarse. Su inasistencia dio lugar a que el tribunal le revocara la probation y lo declarara rebelde. La resolución fue dictada sin realizarse, de manera previa, la audiencia prevista en el artículo 515 del Código Procesal Penal de la Nación. Por esa razón, la defensa un interpuso un recurso de casación.
13-oct-2015EJC (S2)En 2011, el Tribunal Oral le había concedido al imputado la suspensión del juicio a prueba por dos años. Sin embargo, en 2012 revocó la probation por incumplimiento de la reparación ofrecida. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. En 2013, la Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal hizo lugar al recurso y remitió las actuaciones nuevamente al tribunal. A tal fin, argumentó que el control de las reglas impuestas es competencia del juez de ejecución. Luego, en 2014, el Juzgado de Ejecución dispuso la extinción del término de la suspensión. No obstante, en febrero de 2015 el tribunal revocó la probation por la misma razón que motivó la resolución anterior. Tanto el fiscal de ejecución como su par con actuación ante el Tribunal Oral habían dictaminado de modo favorable a la extinción. La defensa interpuso un recurso de casación. La Sala 3 de la CNCCC hizo lugar al recurso y remitió las actuaciones al TOC para una nueva resolución. En junio de 2015 el tribunal revocó una vez más la suspensión del juicio a prueba. Para llegar a esa conclusión sostuvo que el imputado había cometido un delito durante el período de cumplimiento. En efecto, aquél fue condenado en mayo de 2015 por sentencia firme por un hecho cometido en 2012 dentro del período de dos años por el que se había concedido la suspensión. Contra la revocación, la defensa interpuso un recurso de casación.